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miércoles, 28 de mayo de 2014

El Bono Social



¿Qué es el BONO SOCIAL?

El bono social es una tarifa súper reducida de electricidad, destinada a colectivos vulnerables o personas que tengan menos de 3 kw de potencia contratada en su hogar. Con la reforma de enero de 2014, en lugar de facturarse tarifas congeladas desde el año 2009, lo que van a hacer es facturar el precio actual pero aplicando un 25% de descuento. 

El bono social, desde la reforma eléctrica de enero de 2014, se llama "tarifa de último recurso", pero como es una denominación muy reciente, en esta explicación vamos a seguir refiriéndonos a él como "bono social".


¿Tengo derecho yo al BONO SOCIAL?

Sí, siempre que cumplas alguna de estas dos condiciones:

-Tengas una potencia contratada de menos de 3kw de potencia en tu hogar (no cuentan segundas residencias).

o

-Seas parte de un colectivo vulnerable, independientemente de la potencia contratada que tengas (que puede ser superior a 3 kw, pero siempre debe ser inferior a 10 kw). Se entiende por colectivos vulnerables:
  1. Pensionistas con prestación mínima.
  2. Familias numerosas (más de tres miembros).
  3. Familias con todos sus miembros en desempleo.


¡Cumplo alguno de esos requisitos! ¿Cómo puedo pedirlo?

Si tienes una potencia contratada de menos de 3kw se te aplica automáticamente el bono social y no tienes que pedirlo. Un buen consejo es que si tienes 3.3 kw de potencia y nunca te ha saltado el automático, reduzcas la potencia contratada a 2.2 kw (o el margen que te ofrezca la compañía por debajo de 3kw) para disfrutar del 25% de descuento.


Si eres parte de un colectivo vulnerable, mi consejo es que solicites el bono social en la oficina habitual donde tengas contratado el suministro eléctrico. Se puede pedir por fax o correo electrónico, pero como hay que dirigirse a la distribuidora y no a la comercializadora para la solicitud, es mejor que nos indiquen quién es nuestra distribuidora en la oficina para luego dirigirnos a ella con la solicitud y que nos informen cómo hacerlo.


¿Tiene límite de tiempo el BONO SOCIAL?

Si tienes potencia contratada de menos de 3kw, la aplicación del bono social es ilimitada y automática.

Si eres parte de un colectivo vulnerable, se te aplica por un plazo de dos años desde tu solicitud. Pasado ese tiempo, tienes que volver a solicitarla acreditando que, de ser así, continúas formando parte de un colectivo vulnerable.

En caso de que dejes de formar parte de un colectivo vulnerable, bien por la emancipación de alguno de tus hijos, bien porque encuentras empleo, debes comunicar a tu compañía eléctrica que ya no cumples con los requisitos, y mejor que sea por escrito, para que dejen de aplicarte el bono social. 

En caso de que no lo hagamos, si se dan cuenta de que ya no cumplimos los requisitos, podrían PENALIZARNOS, refacturándonos todas las facturas desde que dejamos de ser un colectivo vulnerable hasta la actualidad conforme el precio normal de la electricidad MÁS un recargo del 10%.


¿Qué documentación tengo que presentar?

Si tienes potencia contratada de menos de 3kw, ninguna.
Si formas parte de un colectivo vulnerable, en este enlace encontrarás la información que necesitas para presentar tu solicitud (página del Ministerio de Industria, Energía y Turismo).







martes, 20 de mayo de 2014

Seis condiciones de uso de Populetic a las que prestar atención

Ha nacido en internet Populetic, que dicen ser “la Red Social que te ayuda a solucionar tu reclamación con cualquier empresa o administración. Más que un canal de reclamaciones, un canal de soluciones.”

La idea de que haya una red social mediante la cual sea más fácil conocer los fraudes por internet y aquellos que llevan a cabo las empresas, me gusta. Y me gusta mucho. Es como una especie de tripadvisor del consumidor, podemos consultar esta web antes de contratar cualquier servicio para asegurarnos de que todo va a salir bien, que nadie ha tenido problemas con la empresa que estamos barajando.

Lo que no me gusta del todo es ese alarde de “solucionamos tu reclamación”. Existen entes públicos que ya hacen esa labor de forma gratuita y muy efectiva ya que pueden sancionar a las empresas por sus incumplimientos. Se llaman “Institutos de Consumo”, pueden ser tanto provinciales, autonómicos, como estatales, y lo que hacen, además del asesoramiento gratuíto al consumidor, se conoce como “mediación y arbitraje”. 

Hasta donde he alcanzado a entender, POPULETIC es sólo un mediador, pero un mediador no como puede serlo un abogado o una asociación de consumidores, quienes conocen estrategias de negociación y celebran reuniones, sino que se limita a mandar mensajitos por facebook o twitter a las empresas diciendo que hay alguien que se ha quejado en su web

Puede que haya empresas que hagan caso de estas reclamaciones porque son públicas y podría darles mala imagen no resolver el problema, pero el uso de esta web tiene una serie de condiciones que creo que es importante que se tengan en cuenta antes de decidir registrarnos y publicar nuestro caso, ya que incurrimos en serias responsabilidades y no es en absoluto anónimo. Una vez más, esa maldita letra pequeña.

Tened en cuenta de que esto que os explico es fruto de mi interpretación. De todas formas, os transcribo los fragmentos para que saquéis vuestras propias conclusiones.


Nuestro análisis se centra en las condiciones de uso a fecha de 20 de mayo de 2014, pero las mismas se encabezan con este enunciado: 
Populetic se reserva el derecho de modificar estas Condiciones en cualquier momento sin previo aviso, circunstancia de la que se informará específicamente a los usuarios registrados mediante correo electrónico. El acceso al Sitio y el uso continuado del Servicio implica la aceptación de las modificaciones de estas Condiciones.

Por lo tanto, aunque estés conforme con las condiciones hoy, puede ser que las cambien mañana y que sólo te informen a posteriori (sin indicar plazo máximo en el que cumplirán con su deber de información). Además, existe una aceptación tácita de las condiciones, lo que exige un elevada responsabilidad de mantenerse informado por parte del usuario.

Aquí van las condiciones que más me han llamado la atención:

1)

1.5 El contenido que tú publicas en el Sitio o a través del Servicio es tuyo, como titular de los derechos de propiedad intelectual que tengas sobre ese contenido. Los usuarios conceden a Populetic una licencia de explotación de sus “ posts”, no exclusiva, irrevocable, libre de cargas para todo el mundo, por todo el tiempo permitido por la Ley, y para cualquier uso, bajo los términos de la licencia Creative Commons Attribution 3.0 España. Esta licencia no se aplica a los materiales accesorios que subes al Sitio (adjuntos a tus “ posts”), respecto de los cuales nos concedes una licencia no exclusiva, libre de derechos de autor, irrevocable y con alcance mundial y para la máxima duración de los derechos, para reproducir, comunicar públicamente y distribuirlos, a los efectos de (i) mostrarlos en el Sitio o (ii) comunicarlos electrónicamente o por otros medios a otros usuarios a través del Servicio conforme tus instrucciones, que se desprenden de la configuración de tu cuenta y de los parámetros de tus contenidos. 


Esta licencia seguirá vigente incluso cuando dejes de usar nuestros Servicios.

La primera pega de esta cláusula es que nos remiten a la licencia “Creative Commons Attribution 3.0 España” para delimitar en qué condiciones permitimos que exploten la información que publicamos. Para mi gusto, no tiene la transparencia necesaria, están utilizando nuestros datos y no sabemos cómo. Deberían relatar de forma clara cuáles son esas condiciones, en qué consiste esa licencia y cuanto menos, un link en el que ampliar esa información, ya que para dar con Creative Commons Attribution tuve que buscarlo en Google, algo en principio sencillo pero sin validez en materia de consumidores.

Para rematar, aunque dejemos de usar los servicios la licencia seguirá vigente; pero ¿y si me doy de baja? ¿También sigue vigente? ¿Por cuanto tiempo tienen derecho a explotar lo que hemos publicado? Esto tiene relevancia a efectos de que, como veremos más adelante en el apartado 5), esta información puede aparecer en los motores de búsqueda (Google). Es decir, te obligan a dar tus datos personales reales, y en consecuencia alguien que ponga tu nombre y apellidos en Google puede encontrar que tienes una reclamación publicada en POPULETIC.

2)

Existe un importante desequilibrio entre las partes:

POPULETIC limita su responsabilidad, quiere decir que como mucho, si tienes algún problema con ellos, te indemnizarán como máximo con la cantidad que hayas pagado a Populetic (¿no era totalmente gratuito?) y como mucho, con mil euros (o sea, que si pagaste dos mil euros, ellos te indemnizarán sólo con mil):

La responsabilidad de Populetic hacia el usuario por cualquier causa, y sin importar la forma de la acción, en todo momento se limita a la cantidad pagada, en su caso, por ti a Populetic por el servicio prestado durante el plazo en el que hayas sido usuario del sitio web, pero en ningún caso la responsabilidad de la compañía excederá los 1000 euros.

Pero la tuya no se encuentra limitada, ni en cantidad de dinero ni en número de empleados a los que indemnizar, y además de que se autoexcluyen de cualquier responsabilidad, tienes que correr con los gastos incluso de sus abogados si fuera el caso de que tuvieran un problema con alguien (previsiblemente una empresa que les demanda) por culpa de lo que tú publicaste en su web:

Tú aceptas indemnizar y mantener a Populetic, sus subsidiarias y filiales, y cada uno de sus directores, agentes, contratistas, socios y empleados, indemnes de y contra cualquier pérdida, responsabilidad, reclamación, demanda, daños, costos y gastos, incluyendo honorarios razonables de abogados, que surjan de o en conexión con cualquier Contenido de Usuario, cualquier Contenido de Tercero que publiques o compartas a través del Servicio, tu uso del Servicio o el Sitio, tu conducta en relación con el Servicio o el Sitio o con otros Usuarios del Servicio o el Sitio, o cualquier violación de estas Condiciones o de cualquier ley o los derechos de cualquier tercero.

3)

Ni que decir tiene que te mandan a Sabadell a pleitear:

 1.17 Ley aplicable y jurisdicción. 

Salvo que el derecho de obligado cumplimiento disponga otra cosa a favor del usuario, (a) estas Condiciones y la relación entre el usuario y Populetic se sujeten al ordenamiento jurídico español y (b) Populetic y el usuario, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Sabadell (España).

Pero tranquilos, que esto es directamente nulo. El juzgado competente ya que eres un consumidor, puede ser el de tu residencia habitual.


4)

Continúan diciendo que (a pesar de que previamente te exigen que vuelques todos tus datos de carácter personal reales) renuncian a la obligación de garantizar la seguridad de los datos que ingresas en la web. Eso sí, si tienen constancia de que hubo una violación de seguridad, INTENTARÁN notificártelo por email.

Hemos adoptado medidas técnicas y organizativas para preservar y proteger su información personal del uso y acceso no autorizado, así como de su alteración, pérdida o uso indebido, teniendo en cuenta los últimos avances tecnológicos, las características de la información almacenada y los riesgos a los que se expone la misma.
Sin embrago, debido al carácter de la información y la tecnología asociada, no podemos asegurar o garantizar la seguridad de su información personal y renunciamos expresamente a dicha obligación. Si tuviésemos constancia de una violación de seguridad, intentaremos notificarle al respecto por correo electrónico para que pueda adoptar las medidas oportunas.
5)

Mucho cuidadito con adherirse a casos alegremente. Tu información se enviará al particular que creó el caso y al destinatario de la reclamación. Además, consientes que se divulguen tus datos en la web, motores de búsqueda (Google) y “otras organizaciones que ofrecen actividades de archivo”. Como consecuencia, entre otras, si alguien busca tu nombre en Google es posible que le aparezca lo que hayas escrito en Populetic.

Si te adhieres a un caso, debes tener en cuenta que tu información personal será entregada al destinatario y/o al creador del caso, ya sea electrónicamente, o por escrito;
Ten en cuenta que consientes la divulgación de tu nombre, ciudad, y un enlace a tu perfil de usuario en Populetic en la página de destino del caso, lo que indica que te has adherido a dicho caso. Esa información será visible para cualquier visitante de nuestro sitio web, incluyendo los motores de búsqueda y otras organizaciones que ofrecen actividades de archivo de Internet.
Además, los motores de búsqueda y otros sitios web no afiliados con Populetic pueden archivar o poner a disposición del público la información que aparece en nuestra página web.
6)

Y para rematar, que no falte la propaganda y el spam. Te dicen que das tu consentimiento para recibir información mediante llamadas al teléfono móvil (así como por otros medios), no sólo de POPULETIC sino de otras empresas a las que POPULETIC ceda tu información, sin especificar cuáles ni en qué condiciones:

Al marcar la casilla en el formulario de registro, estás también dando tu consentimiento expreso para recibir información de Populetic por vías tales como:la propia plataforma social Populetic,mensajes que enviemos por medios electrónicos a tu cuenta de correo electrónico,mensajes SMS, MMS o llamadas a tu teléfono móvil, así como por correo postal.
Asimismo, al utilizar el Servicio, verás información, promociones y ofertas de terceras organizaciones y empresas con las que Populetic colabora.


Es llamativo que una web nacida para la defensa de los consumidores tenga cláusulas al puro estilo bancario. Vale que todos barramos para nuestra casa, pero dados los fines de esta web resulta paradójico que sean especialmente abusivas las condiciones de uso. 

¿Mi recomendación? Mejor acude a una OMIC, asociación de consumidores o Instituto de Consumo de tu provincia, al menos allí respetarán tus datos personales y desde luego no cargarás con las responsabilidades que en esta web te imponen.

viernes, 16 de mayo de 2014

¿Por qué nos van a devolver dinero las eléctricas?



Corren rumores de que las compañías eléctricas nos van a devolver dinero, pero muchos no saben ni cuánto, ni si es porque estuvieron cobrando mal, o leyeron mal los contadores... Nada de eso, amigos.

Empecemos por el principio:

La electricidad no se puede almacenar. Esto significa que nunca hay stock, con lo cual, los precios varían no sólo diariamente sino cada hora, en función de la oferta y la demanda. Por eso, es muy difícil saber cuánto va a valer el kw antes de que se sepa cuánta demanda hubo de electricidad en una franja de tiempo, pongamos, un mes. Ante esta situación, para poder tener más estabilidad en los precios, en el año 2009 se estableció un sistema de subastas trimestrales mediante el cual durante tres meses, el precio de la luz era el mismo. Esto tenía un sobrecoste, llamado "coste de aseguramiento". No terminaba de gustar el sistema de subastas, y se reformó el mercado eléctrico. Con la nueva reforma se eliminan las subastas y con ello el coste de aseguramiento. A cambio, el precio de la luz puede variar cada día, cada hora, pero los precios serán previsiblemente inferiores al ahorrarnos el coste de saber de antemano cuánto vamos a pagar y que esos precios no varíen.

En diciembre de 2013 se celebró la última subasta que determinaría los precios desde enero hasta que entrase en vigor el nuevo sistema en abril de 2014.  Lo que ocurrió es que esa subasta se anuló porque había indicios de que las eléctricas la habían manipulado para subir los precios.

Por eso, hasta la entrada del nuevo sistema el Gobierno tuvo que inventarse unos precios para que las compañías eléctricas pudiesen cobrar en base a algún criterio, con la idea de que, en cuanto se determinase con seguridad cuál había sido el precio real del kw (que como decimos, sólo puede saberse a posteriori) se devolviese a los consumidores lo que hubiesen pagado de más. Se aseguraron de que fuera especialmente alto para que diesen bien las cuentas y no se cobrase de menos, así los consumidores no tendrían que pagar la diferencia a las eléctricas sino al revés, son las compañías las que van a devolver lo cobrado de más.

Hay especulaciones sobre cuánto dinero nos van a devolver. Hay que tener en cuenta de que las cifras sólo son orientativas, la cantidad que nos van a devolver dependerá de cuál haya sido nuestro consumo. 

Por poner un ejemplo de esto, si el precio del kw se cobró a 14 céntimos y en realidad valía 12 céntimos, y mi vecina consumió 1200 kw y yo consumí 600 kw, no nos van a devolver la misma cantidad, porque ella, al consumir más que yo, también ha pagado más que yo.

Estas devoluciones concluirán el 31 de agosto y aparecerán reflejadas específicamente en la factura, traducidas previsiblemente en un "descuento" sobre nuestro consumo más que en un reintegro en nuestra cuenta corriente. Dado que no son cantidades muy elevadas, posiblemente en la primera factura quede compensada la devolución.

Si quieres ampliar información, este enlace está muy requetebien.





martes, 13 de mayo de 2014

La carta informativa sobre los nuevos precios de la electricidad

¿Os ha llegado ya una carta así a casa? 

Si no os ha llegado aún, en breves lo hará. Nos dicen que es una carta informativa con los nuevos precios aplicables a partir del 1 de julio porque entró en vigor el Real Decreto 216/2014. Que no os engañen.

El Real Decreto 216/2014 hace que entre en vigor el sistema del Precio Voluntario al Pequeño Consumidor, que es un precio cuyo cálculo esta regulado por el Gobierno, no por las compañías eléctricas.  Lo que agobia a los consumidores es que, como ya no existe el sistema de subastas por el cual el precio era el mismo durante tres meses, vayamos a tener altibajos en nuestras facturas, que unos meses paguemos diez euros y otros cuarenta. Las compañías eléctricas se están aprovechando de esto para que, atemorizados, nos pasemos al mercado libre.

Pero aunque el precio del kw sea unas veces 0,06 € y otras sea 0,14 €, os garantizo que si fuera más caro el PVPC, las compañías no nos ofrecerían las de mercado libre, porque obviamente con el PVPC ganarían más dinero. No es así, el PVPC es más económico que las tarifas de mercado libre.


En esta carta Gas Natural Fenosa nos dice que su tarifa "Óptima Luz" es fruto de ese Real Decreto, pero en realidad esa tarifa no es la del Precio Voluntario al Pequeño Consumidor establecida por el Gobierno en el Real Decreto, sino que es una tarifa del mercado libre. Es decir, si algo tiene que ver con el Real Decreto, es puro oportunismo comercial, aprovechando todo el desconcierto que genera el cambio, la incertidumbre y el miedo de los consumidores a que los precios de la luz peguen altibajos de mes a mes. Es publicidad engañosa en toda regla que está siendo objeto de investigación 



En este enlace podéis ver cómo se diferencian las tarifas del mercado libre de las reguladas por la Admninistración: pincha aquí


Por otro lado, se nos informa de que "Óptima Luz" se nos aplicará de forma automática a partir del 1 de julio. ¿Qué podemos hacer al respecto si queremos que se nos apliquen los precios regulados, más económicos que los precios del mercado libre que nos impone la compañía?

No os preocupéis, no es complicado. Lo mejor es hacer un escrito solicitando la aplicación del Precio Voluntario al Pequeño Consumidor y presentándolo en la oficina de vuestra compañía más cercana. Os transcribo un modelo que voy a presentar yo para el suministro eléctrico de mi casa:

13 de mayo de 2014
Gas Natural S.U.R. SDG
Plaça del gas nº1
08003 Barcelona



Al personal de Gas Natural que corresponda:
Yo, don/doña_______________ con DNI__________ , soy titular del contrato de suministro eléctrico contratado con ustedes para el inmueble sito en  Calle_____Nº_______(Población, Código Postal, Provincia)_________ cuyo número de identificación de contrato es ____________________________y el número CUPS es__________
Habiendo considerado su propuesta de tarificación mediante "Óptima Luz", he decidido rehusarla y les comunico mi deseo de que se me aplique el PRECIO VOLUNTARIO AL PEQUEÑO CONSUMIDOR conforme al Real Decreto 216/2014. 

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

*El número CUPS aparece reflejado en tu factura, una numeración especialmente larga. Este dato es accesorio y sólo necesario si ya estás en el mercado libre y te quieres pasar al mercado regulado.


*Nota: El número de identificación de contrato aparece, en las facturas de Gas Natural Fenosa, al pie de la factura bajo la denominación "Nº de identificación", justo encima de www.gasnaturalfenosa.es

En los nuevos modelos de factura, el número de identificación del contrato se denomina "número de referencia". Aparece justo encima de "número de cliente".



Recordad que es mejor presentar DOS COPIAS: una para vosotros y otro para la compañía. Os tienen que sellar la copia que os quedáis vosotros conforme habéis presentado ese escrito. Esto valdrá para que, si en el futuro os facturan precios que no se corresponden con el PVPC sino con el de "Óptima Luz", podáis reclamarles una refacturación desde la fecha de entrada del escrito.


Como requisito para tener derecho a acceder al PVPC, sólo tienes que tener menos de 10 kw de potencia contratada.


Si tienes dudas de si estás en el mercado libre o en el mercado regulado, pincha aquí.